BASES 2º PREMIO EN ECONOMIA JOSE Mª VARGAS-ZUÑIGA LEDESMA

La Fundación Vargas Zúñiga-Perez Lucas convoca en su Segunda Edición, correspondiente a 2023, el Premio en Economía “José Mª Vargas-Zúñiga Ledesma” que estará regulado por las siguientes BASES:

1. Objetivos

La Fundación “Vargas-Zúñiga y Pérez-Lucas”, convoca la 2ª edición de este premio para un trabajo inédito de carácter económico que beneficie el desarrollo económico y empresarial de Salamanca y su Provincia.

La Provincia de Salamanca presenta una serie de problemas endémicos tales como el paro, la falta de servicios, la despoblación del medio rural, el envejecimiento de la población, falta de infraestructuras para la implantación de nuevas empresas, poca iniciativa emprendedora y como consecuencia falta de creación de tejido empresarial.

Necesitamos estimular una nueva mentalidad emprendedora para conseguir una Salamanca más moderna, con más desarrollo económico que revitalice el territorio. Para lograr este objetivo hemos de potenciar la investigación-conocimiento que se desarrolla en nuestras Universidades y ponerlo en práctica a través de la iniciativa empresarial.

Con este premio se pretende fomentar la creatividad y la investigación en aquellos sectores de la economía que de forma directa puedan incidir en el crecimiento, la investigación, la innovación, la creación de empresas y puestos de trabajo y en definitiva, la generación de riqueza en nuestra provincia que evite la pérdida que supone la emigración forzada de los jóvenes que finalizan sus estudios en nuestras Universidades.

El trabajo a realizar habrá de ser eminentemente práctico y susceptible de ser aplicado en la realidad de la economía de Salamanca y su provincia.

2. Dotación económica

El premio en Economía “José Mª Vargas-Zúñiga Ledesma” estará dotado con las siguientes cuantías:

  • Primer Premio: 15.000 € (Quince mil euros)
  • Primer Accésit: 6.500 € (Seis mil quinientos euros)
  • Segundo Accésit: 4.000 € (Cuatro mil euros)

Los galardonados recibirán además un Diploma que acreditará el premio obtenido.

Sobre dichas cantidades se aplicarán las retenciones legales previstas en la Legislación vigente.

Además, tanto el primer proyecto premiado como los dos que consigan primer y segundo accésit si son iniciados y promovidos por emprendedores dentro del ámbito territorial de la provincia de Salamanca, recibirán una subvención a fondo perdido por importe de 3.000 euros cada uno.

Su finalidad será  promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o autoempleo vinculados al mismo que suponga la puesta en práctica de alguno de los tres trabajos premiados.

3. Requisitos de los participantes

Para la formulación del trabajo inédito de carácter económico que beneficie el desarrollo económico y empresarial de Salamanca y su Provincia, podrán participar de forma colectiva o individual profesores y alumnos de la Universidad de Salamanca (USAL) y de la Universidad Pontificia de Salamanca (UPSA).

En el caso de alumnos deberán contar con el aval de  un profesor.

Respecto a la determinación de los proyectos premiados como iniciados y promovidos por emprendedores se estará a lo dispuesto en la Base 9.

4. Características de los trabajos a presentar

Los trabajos a presentar habrán de ser inéditos y originales y versarán sobre la materia especificada en el objeto de la convocatoria, el trabajo ha de ser práctico y aplicable a la economía de Salamanca y su Provincia.

Habrán de presentarse en formato papel encuadernado y en pdf, el tamaño de la letra a utilizar será de 11 pulgadas e interlineado a 1.

Junto con el trabajo y precediéndolo habrá de presentarse un resumen del mismo en el que se especificará:

  • Objetivos del trabajo
  • Síntesis
  • Aplicabilidad y conclusiones

El resumen  tendrá una extensión mínima de 10 folios DIN-A4 y una máxima de 20 folios.

5. Procedimiento y plazo

Las bases serán publicadas  en las páginas web de la USAL, de la UPSA y de la Fundación Vargas-Zúñiga y Pérez-Lucas.

El plazo de admisión de los trabajos será hasta el 28 de marzo de 2024.

Los trabajos habrán de ser enviados por correo certificado y electrónico a las direcciones de la Fundación “Vargas-Zúñiga y Pérez-Lucas” que seguidamente se indican:

Los trabajos se presentarán siguiendo las siguientes formalidades:

En la Portada de los trabajos habrá de figurar el Título del mismo y el seudónimo utilizado, no aparecerá en ningún caso el nombre del autor o autores.

Se remitirá también a la sede de la Fundación en la Calle del Rosario, 32-36 de Salamanca CP 37001, un sobre cerrado en el que constarán los siguientes datos:

  • En el exterior del sobre se hará constar el Título del trabajo y el seudónimo utilizado.
  • En el interior se hará constar lo anterior y el nombre y apellidos del profesor que lo presenta, dirección postal y correo electrónico, teléfono y copia del DNI.
  • También se incluirá en el interior del sobre una breve biografía y los antecedentes académicos y profesionales del autor/es.

Los trabajos no premiados podrán retirarse en el plazo de 2 meses desde el fallo del Jurado y los que no se recojan podrán ser destruidos.

El fallo se hará público.

Para la calificación de los trabajos el Jurado tendrá presente la originalidad e innovación manifestada en el mismo y su aplicación práctica.

6. Jurado

Será designado por la Fundación, la Universidad de Salamanca y la Universidad Pontificia de Salamanca. Dicho Jurado estará compuesto por un mínimo de 6 miembros de relevantes personalidades del ámbito académico y del ámbito empresarial. El Presidente del Jurado tendrá voto de calidad en caso de empate en las deliberaciones previas al fallo.

7. Entrega de los premios

La entrega de premios se efectuará en un acto público organizado por la Fundación, la Universidad de Salamanca y la Universidad Pontificia y al que se dará la máxima difusión.

La resolución del Jurado será inapelable, renunciando los participantes a cualquier tipo de acción judicial o extrajudicial.

8. Responsabilidad

En el caso de publicación de los trabajos por parte del autor o autores, estos se comprometen a mencionar en la publicación su condición de premiado en el “Premio en Economía José Mª Vargas-Zúñiga Ledesma”.

Los participantes responderán ante la Fundación de la autoría y originalidad de los trabajos presentados y de la titularidad de sus derechos, respondiendo de cualquier perjuicio que pudiera derivarse para la misma en cualquiera de sus órdenes. La Fundación no se hace responsable de copias parciales o totales de los trabajos ni se hará responsable de reclamaciones de terceros sobre los trabajos presentados.

9.- PROYECTOS EMPRESARIALES QUE SUPONGAN LA PUESTA EN PRACTICA DE LOS TRES TRABAJOS PREMIADOS.

La subvención para los proyectos empresariales promovidos por emprendedores que suponga la puesta en práctica de los tres trabajos premiados está abierto a autónomos o empresas que tengan su domicilio fiscal en la provincia de Salamanca.
El destinatario de este premio adicional será la empresa creada a partir de cada uno de los tres trabajos premiados según el fallo del jurado del Premio de Economía con un límite temporal de dos años desde la entrega de los premios.

9.1-Requisitos de los beneficiarios:

1.- Estar empadronado en algún municipio de la provincia de Salamanca los doce meses anteriores ininterrumpidos a la fecha de presentación de la solicitud.

9.2 -Obligaciones de los beneficiarios:

1.- Haber iniciado una actividad económica, empresarial o profesional y haberse dado de alta por primera vez en el Régimen Especial de Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, con posterioridad al fallo del jurado.
2.- Mantener la actividad económica y la afiliación al Régimen Especial de la Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia o autónomos o a la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente durante al menos 12 meses ininterrumpidos computados desde el inicio de la actividad económica.
3.- Que el domicilio fiscal del beneficiario y el lugar de realización de la actividad económica se encuentre en un municipio de la provincia de Salamanca.

A estos efectos se considera domicilio fiscal y lugar de realización de la actividad el que aparece anotado en la Declaración Censal /Declaración censal simplificada de alta inicial en el Censo de Empresarios, Profesional y Retenedores de la Agencia Estatal Tributaria (modelo 036/037).

No se admitirán cambios de domicilio fiscal ni de lugar de realización de la actividad económica salvo que la modificación sea referida a cambio de domicilio dentro del mismo municipio o entre municipios de la provincia de Salamanca.

4.- Someterse a cuantas actuaciones de comprobación pueda efectuar la Fundación.

9.3- Gastos subvencionables:

El importe subvencionable incluirá los gastos que a continuación se enumeran y que se realicen durante 12 meses ininterrumpidos con el límite de los 3.000 € fijados para cada trabajo premiado en la Base 2:

-Arrendamientos del local donde se desarrolle la actividad económica o profesional subvencionada y alquiler de maquinaria que tenga relación directa e indubitada con la actividad subvencionada.
Se entenderá como local aquel lugar declarado por el beneficiario como local afecto a la actividad en el Censo de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria.
En el caso de actividades agrícolas /ganaderas, se entenderán que los arrendamientos serán de las parcelas donde se desarrolle la actividad económica subvencionada, siempre que el beneficiario sea agricultor/ganadero a título principal y titular de la explotación agraria /ganadera inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias ganaderas correspondientes.
-Suministros de energía eléctrica, agua y calefacción del local donde se desarrolle la actividad económica subvencionable.
-Gastos de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales.
-Gastos de publicidad.
-Gastos de servicios TIC:
– Contratación de servicios asociados a la comercialización de productos y servicios por medios electrónicos, presencia en internet (web/RRSS), publicidad en internet (SEO/SEM).
– Contratación de los servicios necesarios para la integración en market places (por ejemplo Amazon, Correos, eBay, etc).
– Contratación de servicios asociados a la gestión empresarial general, tales como servicios de videoconferencia, servicios relacionados con el teletrabajo y otros servicios de telecomunicación.
– Contratación en modo de pago por uso de aplicaciones informática, incluyendo los servicios que sean necesarios para la provisión, así como el soporte y mantenimiento de dichas aplicaciones.
-Seguros de multirriesgo y de responsabilidad civil.

9.4 Justificación de la subvención.

La justificación de la subvención y el abono correspondiente se hará de forma única una vez transcurrido 13 meses desde el inicio de la actividad.
En ese momento se justificarán los gastos subvencionables y realizados desde la fecha de inicio de la actividad hasta que se cumplan los doce meses ininterrumpidos de mantenimiento de la actividad económica subvencionada.

Además se justificará:

a) La obligación de haberse mantenido empadronado en alguno de los municipios de la provincia de Salamanca.

Se aportará certificado o volante o informe de empadronamiento actualizado.

b) La obligación de haber mantenido la actividad económica subvencionada y la afiliación al Régimen Especial de la Seguridad Social para trabajadores por cuenta ajena o autónomos, o la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente durante al menos 12 meses ininterrumpidos en las mismas condiciones que motivaron la concesión de la subvención.
Se aportará para ello:
– Informe de vida laboral actualizado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
-Certificado de situación en el censo de actividades económicas y certifico censal actualizado expedido por la AEAT.

Únicamente se consideran gastos realizados los que hayan sido efectivamente pagados y se acreditaran aportando facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil.

Los gastos de arrendamiento de local o parcelas donde se desarrolla la actividad deberán acompañarse además de la copia del contrato de arrendamiento.

El pago de la subvención se efectuará una vez comprobada la justificación de la misma.

9.5 -Compatibilidad de esta subvención
Esta subvención será compatible con cualquier otra subvención, ayuda recurso o ingreso afectado para la actividad subvencionada que otorgue cualesquiera administración o ente publico o privado nacional de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.

10. Datos personales

Los datos personales recogidos podrán ser incorporados a los ficheros de datos de los que la Fundación sea responsable a los efectos de llevar a buen fin el premio convocado, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal proporcionados, que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición del tratamiento dirigiéndose por escrito a la Fundación.

11. Interpretación de las bases

La interpretación y el cumplimiento de las Bases del premio se regirán por la legislación española. La Fundación y los participantes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten para la resolución de cualquier controversia  que pudiera surgir en relación con la bases de este premio a los juzgados y tribunales de Salamanca.

12. Aceptación de las bases

La participación en este premio supone la plena y total aceptación de las presentes bases así como del Jurado y su fallo.

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